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Contra la discriminación de personas con discapacidad intelectual por razón de edad

Contra la discriminación de personas con discapacidad intelectual por razón de edad

en Noticias
Las Leyes no permiten a las personas mayores
con discapacidad intelectual
atender a centros de atención especializada.

El Tribunal Constitucional establece
que estas leyes vulneran la ley
porque no permiten a las personas acceder
en igualdad de condiciones
a los servicios.

Plena inclusión pide a las autonomías
que cambien las leyes
para cumplir con la sentencia 
del Tribunal Constitucional.
En los diferentes desarrollos reglamentarios de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia, numerosas administraciones autonómicas han establecido una limitación de edad en el acceso de personas con discapacidad a plazas de atención especializada. Sin embargo, hace tan sólo unas semanas, el Tribunal Constitucional ha establecido que estos desarrollos reglamentarios y su aplicación constituyen una discriminación, y vulneran el derecho fundamental de igualdad ante la ley. Daba así la razón a una persona con discapacidad intetectual mayor de 65 años que había sido derivada por la Comunidad de Madrid a un centro de tercera edad, y que reclamaba una plaza en un centro con apoyos específicos a su discapacidad.


Esta tarde, Plena inclusión pondrá sobre la mesa el resultado de esta sentencia en la reunión del Consejo Nacional de la Discapacidad, con el fin de elevar a las Administraciones Autonómicas la necesidad y urgencia de modificar sus respectivos reglamentos para acaben con esta vulneración de derechos. Nuestra organización espera que esta sentencia sirva de ejemplo para que las Administraciones adapten sus normativas a los tratados internacionales en aquellos aspectos en que aún se sigue discriminando a personas por razón de su discapacidad.


Las federaciones autonómicas de Plena inclusión, en esta misma línea, han manifiestado unánimemente su rechazo a esta situación. Santiago Villanueva, presidente de Plena inclusión Aragón, relaciona esta sentencia del TC con el "derecho fundamental de cualquier ciudadano el decidir dónde y con quién vivir", añadiendo que nuestra organizaciones apuestan "por que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en general, y especialmente las personas mayores o con más necesidades de apoyo, cuenten con los apoyos precisos y especializados". Su homologo en Plena inclusión Galicia, Eladio Fernández, añade que las personas con discapacidad intelectual tienen unas necesidades específicas: "hay que promocionar su autonomía y los centros de atención a mayores son de carácter únicamente asistencial, no cuentan con los recursos necesarios ni con el personal adecuado para dar respuesta a las necesidades tan específicas de nuestro colectivo".


En opinión de Carlos Esteban, máximo responsable de Plena inclusión Melilla, "cualquier servicio residencial debería dignificar la vida de las personas". Y Pedro Calderón, presidente de Plena inclusión Extremadura, cree que "por arraigo, derecho a una atención de calidad y cercana a su entorno, y como un derecho de la persona independientemente de la edad, estas personas deben continuar en los centros de atención especializada de nuestra red una vez cumplidos los 60". Juan Pérez, máximo representante de Plena inclusión Castilla y León, añade que ésta "es una vieja reivindicación" en su comunidad y ve prioritario unirse al resto de federaciones en esta reivindicación.


En el mismo sentido Rosa Cadenas, de la federación de Plena inclusión en Cataluña dincat, afirma que "la sentencia, abre puertas a demostrar que es posible", y califica de "injusticia" esta falta de acceso a los centros de atención diurna o residenciales especializados.


Tanto Plena inclusión Comunidad Valenciana como nuestra federación en La Rioja han emitido sendos posicionamientos firmados por sus presidentes en los que afirman respectivamente que hay una urgente "necesidad de buscar entornos mucho más inclusivos que desarrollen modelos de vivienda en la comunidad, así como evitar en cualquiera de los casos el desarraigo que sufrirían las personas al ser obligados a abandonar su entorno habitual" (Ana Revilla) y que "para adoptar las medidas de apoyo más adecuadas, organizaciones y Administración Pública debemos caminar juntos, teniendo como objetivo claro la mejora de la calidad en el último trayecto de la vida de estas personas" (Mario Puerto).